A- de 2023
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Guerra Picon Ciro Alfonso
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Presupuestos formales de procedencia
- Improcedencia por falta de carga argumentativa
- Debió valorar de fondo las peticiones que la fundamentaron
- Abuso del derecho en el acceso a la administración de justicia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-452/22.
Se pidió a la Corporación dejar sin efectos el fallo de la referencia, por considerarlo violatorio del debido proceso.
Encontró la Sala Plena que la presente petición, aunque cumple los requisitos de oportunidad y legitimación, no cumple el presupuesto de carga argumentativa, dado que no es expresa, pertinente, ni suficiente.
Con base en lo anterior, se RECHAZA la nulidad impetrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-452 de 2022 formulada por el señor Ciro Alfonso Guerra Picón por intermedio de su apoderado judicial.
- SEGUNDO. ORDENAR que se comunique la presente providencia a los interesados, con la advertencia de que contra esta decisión no procede recurso alguno.
- Comuníquese y cúmplase.
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- Con aclaración de voto
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- Con aclaración de voto
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- Con salvamento de voto
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.